Proyectos sociales

 

Renta mínima de inserción (RMI)

La renta mínima de inserción es una acción de solidaridad de carácter universal hacia los ciudadanos con graves dificultades económicas y sociales con el propósito de atender las necesidades básicas para vivir en sociedad, con los recursos convenientes para mantenerse y para favorecer -ne la inserción o la reinserción social y laboral.

La renta mínima de inserción se gestiona mediante la Comisión Interdepartamental, que actúa como órgano de dirección y coordina las funciones del Departamento de Empresa y Empleo, del Departamento de Bienestar Social y Familia y del Departamento de Enseñanza. Esta Comisión está formada por nueve vocales, nombrados por el / la consejero / a de Empresa y Empleo a propuesta de cada uno de los departamentos siguientes:

Cuatro en representación del Departamento de Empresa y Empleo.
Uno en representación del Departamento de Bienestar Social y Familia.
Uno en representación del Departamento de Justicia.
Uno en representación del Departamento de Enseñanza.
Uno en representación del Departamento de Economía y Conocimiento.
Uno en representación del Departamento de la Presidencia.
objetivos:

La Renta Mínima de Inserción logra sus objetivos mediante la elaboración de un Plan Individual de inserción y reinserción social y laboral (PIR) que puede comprender la aplicación coordinada de todas o algunas de las siguientes acciones.
acciones:
1 - Prestación económica de la RMI y ayudas complementarias. La finalidad de la prestación económica es atender las necesidades de alimentos y subsistencia. Su cuantía depende de las cargas familiares de la persona perceptora, tiene un carácter periódico y está sujeta al desarrollo correcto del PIR. En determinadas situaciones familiares y / o laborales, se añaden a esta prestación unas ayudas complementarias.

2 - Acciones de información y orientación. Comprenden acciones de información y orientación para que las personas afectadas sepan hacer uso de los servicios que normalmente se pueden obtener de las administraciones, de la iniciativa social y de la red comunitaria.

3 - Apoyo personal a la integración social. Constituyen esta intervención las actuaciones que tienen por objeto ayudar a los beneficiarios a superar situaciones de desestabilización personal y familiar que son causa de su falta de integración social.

4 - Apoyo a la formación de adultos. Las acciones de formación de adultos consisten en proporcionar formación instrumental y básica encaminada a la inserción o reinserción social y la realización personal.

5 - Acciones de apoyo para la colaboración cívica. Se trata de acciones destinadas a fomentar la autoestima y la integración de los destinatarios en el ámbito comunitario.

6 - Prestaciones de urgencia y resarcimiento. Desde el momento que el diagnóstico de cada caso permite prever la incorporación de una persona o unidad familiar a un plan individual de reinserción y comienza su elaboración, esta persona o unidad familiar debe recibir las prestaciones de urgencia y resarcimiento a cargo de las administraciones locales correspondientes.
La concesión de estas prestaciones no implica necesariamente la aprobación del Plan Individual de Reinserción.

7 - Apoyo a la inserción laboral. Uno de los objetivos primordiales de la Renta Mínima de Inserción es la inserción laboral de sus destinatarios. Las personas que se acogen a esta prestación se comprometen a seguir un itinerario de inserción personalizado teniendo en cuenta las circunstancias personales de cada unidad familiar. Se han definido las actuaciones relativas a la realización de itinerarios de inserción sociolaboral dirigidas a personas acogidas a la renta mínima de inserción, mediante la elaboración de un plan individual de inserción que combine diferentes tipos de acciones de carácter integral.

Competencias del Departamento de Empresa y Empleo en la RMI

Las competencias ejercidas por la Dirección General de Economía Social y Cooperativa y Trabajo Autónomo consisten en el impulso de las medidas activas de inserción laboral para las personas acogidas a la RMI, así como el pago de las prestaciones económicas. La participación de la Dirección General abarca los siguientes aspectos:

Participación en la Comisión Interdepartamental de la Renta Mínima de Inserción, el Comité de Seguimiento de la Renta Mínima de Inserción y el Órgano Técnico Administrativo. El Órgano Técnico Administrativo ejecuta los acuerdos de la Comisión Interdepartamental y actúa como órgano de apoyo de la Comisión en el ejercicio de sus funciones de coordinación, de gestión y de seguimiento de la RMI. Está dotado de equipos de asesoramiento técnico de carácter multidisciplinar, descentralizados territorialmente, las funciones son valorar las solicitudes y los proyectos de PIR presentados y formular las propuestas de resolución correspondientes. Estos equipos están sujetos a las instrucciones de la Comisión Interdepartamental, especialmente en cuanto al cumplimiento de los plazos previstos en la normativa reguladora del procedimiento de concesión de la RMI.
Gestión de las acciones y subvenciones para la inserción laboral de las personas acogidas a la RMI:
Itinerarios de inserción y las correspondientes subvenciones; subvenciones a las empresas de inserción y las entidades colaboradoras de inserción para la contratación de destinatarios de la RMI; y subvenciones a proyectos de autoempleo.
Subvenciones para la contratación y mantenimiento por parte de empresas de inserción de técnicos de acompañamiento a la inserción y la producción.
Pago de la prestación económica de la RMI.
Prestación económica de la renta mínima de inserción (RMI)